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El Ayuntamiento de Adra ha puesto en marcha hoy un Servicio de Atención al Ciudadano con el objetivo de facilitar a los abderitanos la tramitación de la documentación necesaria para acceder a las ayudas y subvenciones previstas en el Real Decreto 307/2005, que incluye tanto viviendas como locales comerciales afectados por las inundaciones ocurridas el pasado día 7 de septiembre.

Este servicio, ubicado en la planta baja del Ayuntamiento, estará disponible en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes, así como las tardes del martes y jueves en un horario de 17:00 a 19:30 horas. Para acceder a este servicio de asesoramiento personal es necesaria cita previa, que se puede solicitar a través del número de teléfono 600 950 740 o de forma presencial en dicha oficina.

Actualmente, los trabajadores municipales designados para prestar este servicio han comenzado a establecer un calendario de citas con todos aquellos damnificados que durante el día de la lluvia y los posteriores a las mismas, se acercaron a las dependencias municipales para aportar sus datos y la relación de daños sufridos en sus viviendas o establecimientos comerciales, a fin de ponerse a su disposición para la completar la documentación requerida y ofrecer el asesoramiento necesario.

La actividad de esta oficina se centra en la cumplimentación de los formularios necesarios para optar a estas ayudas y subvenciones, como son el de ayudas a unidades familiares o de convivencia económica para paliar daños materiales en viviendas y enseres, ayudas a Comunidades de Propietarios, así como para ayudas a personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos industriales, comerciales y de servicios.

Además, este servicio también se ha puesto en marcha de forma telemática, para mayor comodidad de los ciudadanos. Así, los afectados tienen también la posibilidad de descargar y rellenar estos formularios a través de la página web del Ayuntamiento de Adra: www.adra.es. De esta manera, el procedimiento se agilizará aún más.

La correcta cumplimentación de la documentación es requisito imprescindible para optar a las subvenciones recogidas en el Real Decreto 307/2005 del Gobierno de España, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica.

Otro de los requisitos que establece el Real Decreto es la tramitación de toda la documentación en un plazo no superior a un mes desde que se produjo el desastre natural. Por ello, desde el Ayuntamiento se ha establecido esta oficina específica de forma inmediata, una vez recopilados los daños y el número de afectados, para que ningún afectado pierda la oportunidad de acceder a las ayudas. En total, desde el Consistorio se han atendido a más de 400 damnificados por las lluvias.