El Reglamento de Residuos de Andalucía deja claro en su artículo 3.t que “corresponde a las Delegaciones Provinciales de la Consejería la vigilancia, inspección y control ambiental de los residuos comerciales, industriales y agrícolas, en particular, los producidos en explotaciones agrícolas y en concreto, los plásticos agrícolas”.